Código Laboral agrega otras cinco causas para visto bueno.
El borrador de Código Orgánico de Relaciones Laborales, divulgado el pasado 1 de mayo, señala cinco nuevas causales para despido con visto bueno.
En el artículo 252 de la propuesta del Gobierno se determina como motivos de despido la competencia desleal, revelación de información confidencial, que el trabajador tenga sentencia ejecutoriada, desacato de órdenes o instrucciones del empleador, que cause grave perjuicio material o patrimonial al empleador, y el abandono injustificado por tres o más días laborables consecutivos, en un periodo de 30 días.
Mesías Tatamuez, presidente de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (Cedocut), indica que en el Código se debe explicar que tanto la competencia desleal como la revelación de información confidencial deben ser bien comprobadas, por parte de un inspector de trabajo o una comisión que no perjudique al trabajador ni al empleador.
“Estos son temas muy sensibles y pueden perjudicar gravemente a un trabajador, por ello estamos planteando que estos y otros puntos se discutan en una mesa técnica, donde participen expertos en temas laborales, trabajadores, empleadores y el Gobierno”, indica Tatamuez.
José Villavicencio, presidente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador, considera que la sentencia condenatoria por 90 días debe ser bien explicada, porque existen juicios por alimentos por los que los padres van presos y, de ser aprobado el proyecto, esas personas se quedan sin trabajo.
Entre los otros puntos que están en el Código vigente constan las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia al lugar de trabajo por tres ocasiones dentro de 30 días.
Indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos e incurrir en el lugar de trabajo en actos de violencia física o verbal en contra del empleador, su representante, o en contra de su cónyuge.